martes, 30 de abril de 2019

Se vuelven a construir más de 100.000 viviendas al año en España

Los visados de obra nueva en 2018 marcaron un máximo desde 2009 tras crecer casi un 25%

El sector de la construcción  encadena un lustro de crecimiento cómo ya vaticinó el observatorio industrial de la construcción en España y se prevé que siga creciendo.
El año pasado se visaron permisos para la construcción de 100.733 nuevas viviendas, según una estadística del Ministerio de Fomento. Esta cifra rompe la cifra del 2009 en el que se dio permiso para construir 111.000 viviendas nuevas. En 2018 la progresión fue del 24,7%, frente al 26,2% del año anterior.
La estadística, que recoge los datos facilitados por los colegios de arquitectos técnicos y aparejadores de toda España, muestra que las cifras todavía están muy lejos de los años de la burbuja.
En 2006, el año que ostenta el récord histórico, se concedieron permisos para construir más de 865.000 viviendas nuevas. Y en todos los años entre 1992, cuando arranca la serie facilitada por Fomento, y 2008 se concedieron permisos para más de 200.000 casas nuevas.
Si a las viviendas de obra nueva se añaden los permisos para reformas y ampliaciones de inmuebles ya existentes, la cifra total del año pasado se eleva a 128.799 permisos. Esa cifra es un 18,1% superior a la de 2017 y, de nuevo, hay que remontarse a 2009 para encontrar un año similar.
Desde el punto de vista de la construcción de la vivienda nueva, la estadística muestra que un 78,9% de los visados concedidos (79.453) eran para pisos en bloques. Del resto, un 21% (21.254 permisos) eran para viviendas unifamiliares y el 0,1% se concedieron en la categoría de otros edificios.
En cuanto a las superficies, la media de los pisos en bloques se situó en 117,2 metros cuadrados, lo que su pone un metro y medio menos que un año antes. Por el contrario, el tamaño de los unifamilares aumentó hasta los 200,1 metros cuadrados, frente a los 198,9 que, como media, tuvieron en 2017.

lunes, 29 de abril de 2019

GUIDE TO LIVING IN EL PARAISO, ESTEPONA

Located on the New Golden Mile between San Pedro Alcántara and Estepona, El Paraiso encompasses three main urbanisations – El Paraiso Alto, El Paraiso Medio and Paraiso Barronal. Conceived as an exclusive development of villas, townhouses and apartments, development of El Paraiso began in the 1970s under strict density regulations that are still adhered to today. The result is a highly desirable and attractive expanse of well built, quality residential and holiday accommodation serviced by a good selection of amenities.

La ley del alquiler acelerará los precios un 30% en tres años

La nueva ley del alquiler acelerará la subida de precios prevista para los próximos años. “Con la nueva normativa se va a producir una contracción de la oferta y también se va a expulsar a las capas más bajas del mercado”, en la que se destacó que “la subida del entorno del 25-30% que teníamos prevista para los próximos cinco años la podremos ver ahora en tres años. Al final el mercado se autorregula y no es que vaya a subir más, es que subirá más rápido”.

La nueva normativa está afectando a “la entrada de capital institucional”. Estamos mandando el mensaje a los inversores de que en España no nos interesa el dinero institucional. Esto genera cierta retracción, se va a dificultar la venta de carteras y el impacto ya se está notando en la entrada de nuevo capital, si bien, esperamos que sea algo coyuntural.
Determinados puntos del nuevo Real Decreto Ley del alquiler:
Establece que las rentas no podrán subir por encima del IPC en su revisión anual, al tiempo que amplía la prórroga obligatoria de tres a cinco años en la duración de los contratos y a siete años si el propietario es una empresa.
Estas medidas alejan a un inversor institucional, que según los expertos es totalmente necesario para generar nueva oferta en el mercado, ya que “hacen falta en torno a 250.000 millones de euros en los próximos años para equiparar la oferta de alquiler pública y privada a la demanda actual”, este tipo de capital está obteniendo ahora unos retornos por debajo del 2% y quieren ir al 3,5%.
El principal reto que tenemos para generar oferta es la materia prima. “No hay suelo disponible donde se encuentra la demanda. No es normal que los desarrollos tarden 20 años, hasta que puedas solicitar una licencia. Los bloqueos no son buenos”.
En este sentido, Wolfgand Beck, consejero delegado de Testa, la mayor socimi de alquiler residencial de España con unas 10.700 viviendas, apuntó que en nuestro país se necesitan cada año “120.000 viviendas nuevas y de éstas 80.000 deberían ser para el alquiler y el Estado no puede asumir ese volumen”. Sin embargo, “si se regula la renta y la rentabilidad se liga al IPC no sé como los institucionales y los fondos de pensiones van a venir a España a construir viviendas”.
De hecho, Beck señaló que “Testa no ha hecho ninguna transacción de llave en mano para vivienda de obra nueva destinada al alquiler y después del RDL no sé si lo vamos a hacer. Quizás encontremos algún proyecto atractivo, pero de momento nos los estamos pensando. Hubiera sido inteligente excluir la obra nueva destinada al alquiler de las medidas de la nueva ley”.
Los grandes propietarios de vivienda en alquiler y las asociaciones del sector alertan de que la nueva normativa, convalidada ayer por la Diputación Permanente del Congreso, puede suponer una nueva burbuja del alquiler en España con encarecimientos de alrededor del 10% en algunos mercados ya tensionados.
Así lo advierte la Federación Nacional de Asociaciones Inmobiliarias (FEI) que teme de que la definitiva aprobación del Decreto Ley de Reforma del Mercado de Alquiler, que entró en vigor el pasado 6 de marzo tras ser aprobado por el Consejo de Ministros el 1 de marzo, provoque una burbuja en el mercado del alquiler ante una reducción de la oferta y el aumento de los precios para compensar la mayor duración de los contratos y la limitación al IPC de la actualización anual de las rentas.

Ya se ha detectado una subida y trasvase de oferta al mercado de compraventa, en especial por parte de algunas socimis.

Ya se ha detectado un encarecimiento de rentas y trasvase de oferta al mercado de compraventa, en especial por parte de algunas socimis (Sociedades Cotizadas Anónimas de Inversión en el Mercado Inmobiliario). Concretamente, la Federación asegura que la nueva normativa, no regulará ni ajustará los precios, puesto que éstos podrían incrementarse hasta en un 10% de media en algunos puntos donde ya existe cierta tensión.
“La incertidumbre y la inseguridad creada en el mercado del alquiler está provocando, en las zonas de España más tensionadas como son Barcelona, Madrid y Valencia, un estancamiento y endurecimiento de las condiciones de acceso a una vivienda.

Se rompe el equilibrio

Desde la Agencia Negociadora del Alquiler aseguran que esta nueva normativa supone “una ruptura definitiva del frágil equilibrio que había entre arrendadores y arrendatarios, decantándose del lado de los inquilinos”, afirma el consejero delegado del sociedad, Jose Ramón Zurdo.
“Esto va a provocar un estancamiento del mercado del alquiler y previsiblemente un retroceso en cuanto al número de viviendas que los propietarios destinan al arrendamiento urbano, que en estos momentos se estima en un 22% del parque de viviendas en España”, subraya Zurdo.
“Esta medida, ahora definitiva y que como mínimo durará un año, tampoco es una buena noticia para los jóvenes y las familias que quieren vivir de alquiler, porque esta decreto no viene a solucionar los dos graves problemas que tiene el alquiler actualmente: la falta de oferta y los precios elevados”, explica Zurdo.
Por otro lado, desde la Agencia Negociadora del Alquiler apuntan que el nuevo régimen jurídico aprobado manda al Gobierno a crear y aplicar un índice regulador de precios, “que nadie sabe como será, pero que aventuramos que será restrictivo, poco fiable y sobre todo difícilmente equitativo, atendiendo a la gran diversidad y tipologías de viviendas en alquiler”, comenta José Ramón Zurdo.
“La aplicación de este índice desalentará el mercado de alquiler, compuesto en su inmensa mayoría por un 80% de propietarios particulares que terminarán por comprobar que no les sale rentable alquilar,  provocando un grave efecto multiplicador que reducirá aún más la oferta y por consiguiente se producirá un aumento de los precios de alquiler”, sentencia Zurdo.

viernes, 26 de abril de 2019


Estamos terminando los papeles en el notario. Inmolux Real Estate colabora en la compra del apartamento. Expresamos nuestra felicidad por ver nuestros clientes satisfechos.
Brindar servicios inmobiliarios integrales de calidad, generando valor y oportunidades de negocio para nuestros clientes, es nuestro único objetivo. Te ayudamos a comprar, vender o a rentar tu propiedad de la mejor manera, usando las estrategias de marketing más modernas y nuestra amplia experiencia.

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Aspectos claves para vender una vivienda

Hoy día no es fácil vender una vivienda debido al gran volumen de inmuebles que hay en venta, por eso hemos de tener información detallada de nuestro inmueble y los recursos que tenemos disponibles hoy día para tener una venta exitosa.
¿Cuánto vale mi vivienda?
Lo primero que debemos saber es en cuánto está valorada su vivienda, una adecuada valoración es clave para tener una buena venta.
 Lo segundo es ofrecer la vivienda al comprador idóneo, que esté buscando una vivienda con sus mismas características. A mayor número de clientes potenciales ofrecida, mayor es la posibilidad de vender su inmueble con éxito.
¿Es complicado el proceso de venta?
El proceso de venta no es complicado y menos si te pones en manos de una inmobiliaria ya que son ellos los encargados del adecuado asesoramiento y gestión de la compra-venta. En el que se gestionan las notas registrales y demás documentación (tasación oficial, estudio y negociación de la hipoteca con los bancos, certificado de eficiencia energética, etc.). Fotógrafos que realizarán un reportaje del inmueble y de un esmerado servicio postventa (reformas, mudanzas, limpieza, seguros, jardinería, decoración, etc.)… Todo se convierte en facilidades. Dando la mejor imagen de su vivienda.
 ¿Dónde anuncio que vendo mi casa?
La información es fundamental, así como la publicidad, y por ello, si quiere dar a conocer su inmueble al mayor número de clientes potenciales, lo mejor es ponerse en manos de una buena inmobiliaria que tenga una fuerte presencia en los medios de comunicación, offline y online. Portales inmobiliarios, nacionales e internacionales, así como prensa generalista (ABC, El País, La Razón, El Mundo, etc.), radios (COPE, Onda Cero, SER, etc.), televisión… la mejor de las coberturas.
Estas cuentan con la más poderosa red informativa del mercado, con su sitio web, con las mejores fotografías y una ficha con información completa de su vivienda, además de revistas propias.
También están presentes en las principales ferias nacionales e internacionales, lo que les garantiza estar al día de las tendencias en el sector y aprovechar a fondo las posibilidades comerciales de estos eventos, como Ireis en Abu Dhabi (EAU), A Place in the Sun (Reino Unido), Real Estate (San Petersburgo), Lakás (Budapest), etc.
¿Qué trámites tengo que seguir?
 Esta cuestión preocupa a los clientes, por los posibles imprevistos que puedan surgir en el camino. Estando en una adecuada inmobiliaria las preocupaciones desaparecen ya que ayudan a preparar los trámites y la documentación necesarios para la firma de la escritura pública. Y acompañan al cliente hasta el día de la firma. Todo el proceso de principio a fin sin complicaciones.

jueves, 25 de abril de 2019

Plataforma tecnológica unitaria para la ley hipotecaria

El Consejo General del Notariado (CGN) ha presentado este lunes una plataforma tecnológica para que los casi 3.000 notarios puedan cumplir con seguridad las funciones que les atribuye la Ley del Crédito Inmobiliario, que entrará en vigor el próximo 16 de junio.
La plataforma tecnológica de los empresarios ha sido presentada este lunes por el vicepresidente del Consejo General del Notariado (CGN) y miembro del Consejo de Administración de la empresa de tecnologías del CGN, Ancert, José Luis Lledó, y el consejero delegado de Ancert, Mario Abascal
Lledó ha explicado que, según la nueva normativa, como paso previo a la firma de la escritura de la hipoteca, los notarios, de forma gratuita, tendrán que:
  • Verificar y controlar que los bancos han entregado a los consumidores toda la documentación del préstamo con tiempo suficiente (diez días) y que la información entregada era la que debía ser en función del tipo de préstamo acordado por las partes.
  • Explicar a los futuros prestamistas todas y cada una de las cláusulas del préstamo, responder a sus preguntas y hacerles un test de comprensión, y todo ello lo incluirán en un acta notarial.
  • Que los notarios supuesto ejercen una función pública, tienen que utilizar una plataforma tecnológica unitaria y segura en la que estén integrados todos, garantizándose el cumplimiento de dicha función.
  • La plataforma notarial se adecuará a los requisitos establecidos tanto en la Ley del Crédito Inmobiliario como en el proyecto de decreto que desarrollará reglamentariamente esta norma, según Abascal.
  • También la plataforma notarial permitirá la interconexión, gratuita, entre las plataformas de los bancos con la plataforma en la que está integrados todos los notarios. Esta solución garantizará que los consumidores puedan elegir al notario que quieran, sin coste alguno para ellos.
En conclusión, Lledó ha explicado que Ancert es la empresa tecnológica del Notariado que gestiona las comunicaciones, los datos y la seguridad de la plataforma notarial.Que ha hecho posible la transformación digital de los notarios y de las casi 3.000 notarías y que gracias a ésta transformación, los notarios trabajarán de forma más eficiente.

lunes, 22 de abril de 2019

Сколько стоит построить дом мечты в Испании?

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Если это так, мы предлагаем ознакомиться с общей информацией по строительству дома в Испании.

miércoles, 17 de abril de 2019

¿Cuál es la mejor orientación de un piso?


Una de las claves del ahorro en el consumo energético es la orientación de la vivienda. Tanto en aire acondicionado como en calefacción, la diferencia de gasto puede ser sustancial por dos factores: luz y calor. Una orientación desfavorable puede incrementar nuestro gasto energético hasta el 70%, una cantidad como para tomárselo en serio.
Entre los expertos no existe unanimidad, pero sí unas líneas generales que te pueden ayudar a tomar decisiones.

Obligaciones y derechos de inquilinos y propietarios en Alquiler


Cómo introducción mencionar que el alquiler consiste en pagar una suma convenida entre las partes para tener el uso y disfrute de un bien inmueble por un tiempo determinado. Por lo que vamos a centrarnos en dicho contrato entre las partes.

 ¿Qué derechos tiene el inquilino?

  • Negociar con el propietario la renta del alquiler y la duración del contrato.
  • Derecho a adquirir preferentemente la vivienda en caso de venta.
  • Solicitar al arrendador las reparaciones necesarias para la conservación de la vivienda.
  • El propietario está obligado a facilitar los recibos o una prueba escrita del pago de las rentas del alquiler según el artículo 17 de la Ley de Arrendamientos Urbanos.
  • Amparo constitucional ante el allanamiento de morada.
    El allanamiento de morada sin permiso judicial es inconstitucional.
  • Recuperar la fianza de alquiler.(Art 36 de la LAU)

¿Qué obligaciones tiene el inquilino?

  1. Realizar el pago de una fianza.
    Será de una mensualidad en el alquiler de viviendas y dos en el alquiler para uso distinto de vivienda.
  2. Cumplir con el pago mensual de la renta del alquiler.
    Se efectuara en los siete primeros días del mes, en el lugar y por el procedimiento que acuerden las partes.
  3. No se puede ceder el contrato.
  4. Dejar la vivienda en las mismas condiciones en que estaba cuando empezó el contrato de alquiler.
  5. Pagar las pequeñas reparaciones.
  6. Poner en conocimiento del propietario en el plazo más breve posible la realización de las reparaciones para conservar la vivienda en condiciones de habitabilidad.
  7. Soportar las obras de mejora referidas.
  8. Bajo ningún concepto el inquilino puede realizar obras en la vivienda que alquiló.
  9. El inquilino no puede realizar en la vivienda actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas.
    En caso de realizar alguna actividad ilegal o peligrosa la rescisión del alquiler es inmediata.

¿Qué derechos tiene el propietario?

  1. Recibir puntualmente el pago de la renta acordada por alquilar.
    Será la equivalente a una o a dos mensualidades de la renta.
  2. Exigir al inquilino que repare los daños que haya podido causar en la vivienda. Deberán ser sufragados por el casero.
  3. Aumentar la renta del alquiler en función de lo que se haya especificado en el contrato.
  4. Suspender el sistema de prórrogas del contrato de alquiler cuando haya pasado el primer año de duración del contrato.
  5. Solicitar la resolución judicial del contrato de alquiler si el inquilino no paga las rentas.

¿Qué obligaciones tiene el propietario?

  1. Garantizar que la vivienda sea habitable.
    El/la propietario tiene que tener en todas las CC.AA. –excepto en Madrid y Extremadura- la cédula de habitabilidad de la vivienda.
  2. Reparar lo urgente en la vivienda.
  3. No molestar al inquilino.
    El inquilino tiene el derecho de “inviolabilidad” del domicilio.
  4. Comunicar cualquier actualización que se produzca en la renta del alquiler.
  5. Garantizar al inquilino un uso pacífico de la vivienda.

lunes, 15 de abril de 2019

Mindfulness, relajación y bienestar en el hogar


Decorar ambientes para que cuerpo y mente encuentren equilibrio y bienestar es lo que persigue el mindfulness.

Últimamente se ha puesto muy de moda una tendencia denominada mindfulness. Podemos considerar el mindfulness como una filosofía de vida, aunque este término hace referencia a la práctica de un tipo de meditación y relajación corporal y es un concepto que puede extenderse a nuestra vivienda. Una casa mindfulness es aquella pensada para vivir y no para impresionar. Se valora pasar tiempo en ella, comer, dormir y tener espacio para meditar o estar solo.

El Dr. Craig Hassed, profesor del Departamento de Medicina General en la Universidad de Monash (Melbourne, Australia), explica que “Un hogar mindfulness es el que te ayuda a sentirte atento cuando te encuentras en él, es decir, conectado, despierto, seguro y en paz contigo mismo, con las personas con las que vives y con tu entorno. Te nutre, te interesa y te atrapa. Alimenta tus sentidos sin abrumarlos, y no te distrae de estar presente en el ahora“.

Por lo tanto, el mindfulness es un ejercicio de atención plena que nos invita a ser conscientes de nosotros mismos y vivir en presente en un tiempo como el actual, en el que estamos constantemente distraídos por la tecnología.

Y dicho esto, enumeramos algunas ideas para crear una casa mindfulness:

Definir un espacio personal

Se trata de tener un espacio dedicado solo a nosotros, un refugio donde esté aquello que nos gusta. No se necesita mucho: una mesa o escritorio y un asiento cómodo es más que suficiente.

El contacto con la naturaleza

Lo primero que debemos dejar entrar en la vivienda es la luz natural, pues ilumina espacios de forma que transmite bienestar y tranquilidad.
Las plantas son una excelente fuente de decoración y haremos uso de materiales naturales. Los muebles de madera son ideales por su calidez y conexión con la tierra.
Las telas y los detalles decorativos también deben ser naturales. Por ejemplo, algodón, lino o lana en el primer caso y arcilla, porcelana y piedra en el segundo.
La idea es que la naturaleza entre en casa.

Diseño minimalista

El mindfulness va de la mano de una decoración sencilla. Los excesos nos impedirán dejar la mente en blanco. Debemos mantener espacios amplios que nos ayudarán a sentir más comodidad y nos ayudarán a disfrutar de dicha amplitud.

Colores relajantes y naturales

La pintura también debe ser natural y nos rodearemos de colores que también nos aporten relajación y bienestar.
Son colores mindfulness:
  • Verdes: porque recuerdan a la vegetación.
  • Marrones y ocres: remiten a la tierra, al suelo.
  • Azules:representan el cielo y el mar.
  • Blanco: porque es símbolo universal de la pureza.

Confort

El confort es lo más importante. Optaremos siempre por muebles que sean cómodos. No tienen que ser muebles bonitos para aparentar, sino mobiliario que nos guste y sea práctico.



Por qué vender mi propiedad con una inmobiliaria en exclusiva?

Así que hablaremos sobre algunos mitos vs realidades, las ventajas que tiene al contratar a un agente en exclusiva y daremos algunos tips que te ayudarán a vender mucho antes tu propiedad. Vamos a ello!

viernes, 12 de abril de 2019

¿Realmente van a subir el IBI de las viviendas desocupadas?

En los últimos días se está hablando mucho de una subida de hasta el 50% en la cuota de IBI de las viviendas que estén desocupadas o temporalmente desocupadas tras la aprobación del Real Decreto-ley 7/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes en materia de vivienda y alquiler, reforma de cuya “eficacia” no corresponde hablar en este artículo.
En el citado Real Decreto 7/2019, de 1 de marzo, en su artículo 4.2 establece como novedad en  el artículo 72.4 de la Ley Reguladora de Haciendas Locales (normativa que regula el IBI) que:
Tratándose de inmuebles de uso residencial que se encuentren desocupados con carácter permanente, los ayuntamientos podrán exigir un recargo de hasta el 50 por ciento de la cuota líquida del impuesto. Dentro de este límite, los ayuntamientos podrán determinar mediante ordenanza fiscal un único recargo o varios en función de la duración del período de desocupación del inmueble.
 El recargo, que se exigirá a los sujetos pasivos de este tributo, se devengará el 31 de diciembre y se liquidará anualmente por los ayuntamientos, una vez constatada la desocupación del inmueble en tal fecha, juntamente con el acto administrativo por el que esta se declare.
 A estos efectos tendrá la consideración de inmueble desocupado con carácter permanente aquel que permanezca desocupado de acuerdo con lo que se establezca en la correspondiente normativa sectorial de vivienda, autonómica o estatal, con rango de ley, y conforme a los requisitos, medios de prueba y procedimiento que establezca la ordenanza fiscal. En todo caso, la declaración municipal como inmueble desocupado con carácter permanente exigirá la previa audiencia del sujeto pasivo y la acreditación por el Ayuntamiento de los indicios de desocupación, a regular en dicha ordenanza, dentro de los cuales podrán figurar los relativos a los datos del padrón municipal, así como los consumos de servicios de suministro.»
 Pero ¿realmente es nuevo este recargo en el IBI de las viviendas desocupadas?
En primer lugar hay que indicar que dicha modificación ya se intentó implantar mediante el Real Decreto-Ley 21/2018 de 14 de diciembre de medidas urgentes en materia de vivienda que fue derogado por Resolución de 22 de enero de 2019 del Congreso de los Diputados al no ser ratificado por el mismo.
Al igual que ocurrió con el anterior Real Decreto-ley, éste tiene que ser ratificado por el Congreso en el plazo de un mes desde su aprobación.  Por tanto,  en la próximas semanas sabremos si dicha reforma es definitiva o no.
Además, hay que indicar que desde que se publicó la Ley Reguladora de Haciendas Locales en 2004 ya se establecía un recargo del 50% de la cuota de IBI para las viviendas que estuviesen desocupadas. No obstante, dado el vacío legal y reglamentario que desarrollase dicho concepto de “vivienda desocupada con carácter permanente”, el recargo NO ha podido ser aplicado.
La realidad, es que el actual gobierno, a través de dicho Real Decreto-Ley (al igual que intentó en el anterior que fue derogado) lo que pretende es que sean las distintas Comunidades Autónomas y los Ayuntamientos quienes desarrollen el “vacío legal” de la anterior redacción del impuesto, y así los Ayuntamientos podrán aplicar dicho recargo.
En consecuencia, no existirá una definición de vivienda desocupada con carácter permanente a nivel nacional, sino que entre Comunidades Autónomas y Ayuntamientos….habrá pluralidad de definiciones, lo que generará que, según donde esté situado el inmueble, para una misma casuística en unos casos se le podrá aplicar el recargo y en otros no.
Al respecto, hay que recordar que el artículo 31 de la Constitución, según el cual “todos contribuirán al sostenimiento de los gastos públicos de acuerdo con su capacidad económica mediante un sistema tributario justo inspirado en los principios de igualdad y progresividad que, en ningún caso, tendrá alcance confiscatorio”.
Autor: Jose Mª Mesa Márquez. Economista – Asesor Fiscal. www.picossi.com

jueves, 11 de abril de 2019

Ayudas en alquiler joven y compra de vivienda



El objetivo del Plan Estatal de Vivienda es facilitar el acceso al alquiler de viviendas para jóvenes. Pero, ¿sabes que ayudas para el alquiler existen o cuáles son los requisitos para acceder a un alquiler joven o subvención en la compra de una vivienda?

Declaración del alquiler de pisos turísticos en el IRPF

Ha comenzado la campaña de la Renta 2018 y los más de 20 millones de contribuyentes españoles han empezado a hacer números para saber cuánto tendrán que abonar al fisco. Una de las novedades de esta campaña del IRPF es el control sobre los propietarios de pisos en alquiler, en concreto los que obtienen rentas por arrendar inmuebles a turistas.
En esta campaña la Agencia Estatal de Administración Tributaria (AEAT) ha triplicado en relación al año pasado -hasta llegar a 700.000- los avisos a propietarios de pisos para informarles que Hacienda sabe que obtienen rentas por un alquiler y que es su obligación tributar por dichos ingresos.
Los técnicos del Ministerio han alertado del fraude fiscal que se produce en España en relación con los alquileres, especialmente los turísticos, y que debería tributarse a través del Impuesto sobre la Renta (en el caso de particulares) o de Sociedades (en el caso de empresas).
La proliferación de los apartamentos turísticos en los últimos años en muchas ciudades españolas se ha convertido en un auténtico fenómeno social y económico. La irrupción de esta fórmula ha incrementado sensiblemente la oferta turística en muchos destinos, al igual que para muchos propietarios se ha convertido en una interesante fuente de ingresos.
El 1 de enero de 2018, entró en vigor la obligación de informar con carácter trimestral sobre la cesión de uso de viviendas con fines turísticos por parte de las denominadas “plataformas colaborativas”. Así, aquellas entidades que presten servicio de intermediación deberán poner a disposición de la Administración tributaria, con carácter trimestral, la siguiente información obligatoria: identificación del titular de la vivienda y de las personas cesionarias, identificación del inmueble con especificación de la referencia catastral, número de días de disfrute de la vivienda con fines turísticos, así como la fecha de inicio de la cesión e importe percibido por el titular.
Plataformas como Airbnb, HomeAway, Booking, Wimdu o Niumb tienen laobligación de transmitir directamente a Hacienda la información sobre reservas y transacciones entre inquilinos y anfitriones de estos inmuebles desde el pasado 1 de enero.
Por lo que los técnicos de Hacienda recuerdan que los contribuyentes tienen laobligación de tributar por todos sus ingresos tal como marca la ley, también por las rentas de alquileres, incluyendo los turísticos. Igualmente, advierten que “no declarar correctamente los ingresos por alquileres puede derivar en sanciones graves“.
  • En primer lugar, los contribuyentes que declaren tener una vivienda en alquiler en su autoliquidación del IRPF pueden acogerse a la reducción del 60%. Si esto no se declara de inicio y Hacienda lo detecta, se deberá tributar por el 100% del rendimiento del alquiler.
Los apartamentos turísticos no gozan de esta reducción y tributan por la totalidad del importe del alquiler.
  • En segundo lugar, si la AEAT detecta que la declaración no se ha producido o se ha hecho de forma irregular, se aplicará una sanción consistente en el abono de los rendimientos no declarados anteriormente, además de un recargo de entre el 50% y el 150% del importe escondido al fisco, en función de si la falta ha sido leve, grave o muy grave.

miércoles, 10 de abril de 2019

Vender una propiedad en España


Vender una propiedad en España no es algo extremadamente complicado pero, al igual que una compra, recomendamos la intervención de un abogado que se encargue de supervisar y asesorar durante todo el proceso. Los vendedores deben  estar al tanto de una serie de factores importantes que deben tener en cuenta a la hora de vender una propiedad.

• Responsabilidad Fiscal del vendedor

Impuesto de ganancia patrimonial

El vendedor será el responsable del pago del impuesto de ganancias patrimoniales. Este impuesto grava el aumento del valor de la propiedad, es decir, la diferencia entre el precio de la misma a la fecha de compra y el precio de venta. Desde el 1 de enero de 2012 el impuesto de ganancias patrimoniales aumenta dese el 19% al 21%. Cualquier coste adicional implícito en la compraventa de la vivienda puede ser deducido siempre que estén acompañados de las correspondientes facturas. Por lo tanto, todos los impuestos inherentes a la compra, gastos de notaría y legales, etc. pueden ser deducidos en el cálculo del impuesto de ganancias patrimoniales.
Ejemplo: 
Precio de compra original: 100.000€
Tasas e impuestos inherentes a la compra: 10.000€
Precio de venta: 160.000€
160.000 – (100.000 + 10.000) = 50.000€ 
50.000€ x 21% = 10.500€ Cuota diferencial a pagar.
Los residentes exentos de declarar este impuesto son:
• Los mayores de 65 años y que hayan vivido en la misma propiedad por un mínimo
de tres años.
• Si las ganancias netas de la venta se reinvierten en la compra de otra propiedad
en un plazo de de dos años.
IMPUESTO DE PLUSVALIA:
El vendedor es responsable del pago del Impuesto de Plusvalía aunque a veces se puede llegar a un acuerdo con el comprador. Este impuesto es gravado por el Ayuntamiento local y se basa en el valor del área donde se ubica la propiedad y no en el de la propiedad (el valor de esta no influye en el impuesto de Plusvalía) entre la fecha de compra de la propiedad y la fecha en que esta fue vendida. El valor lo establece el Ayuntamiento según el valor catastral del suelo y el número de años que ha pertenecido al vendedor.
GRAVAMEN:
El vendedor es responsable del pago de cualquier gravamen que afecte la propiedad, por ejemplo hipotecas, a menos que se acuerde de otra forma entre el comprador y el vendedor.
Si el comprador va a realizar la compra del inmueble a través de una hipoteca bancaria, podría considerar el cambio de nombre de la hipoteca de vendedor a comprador (siempre considerando los términos y condiciones de la hipoteca existente) ya que de esta forma podría ser más económica que solicitando una hipoteca nueva.
IMPORTANTE FACTORES A TENER EN CUENTA A LA HORA DE VENDER UNA PROPIEDAD EN ESPAÑA:
RETENCION:
Si el vendedor no es residente y ha sido propietario de un inmueble por menos de 10 años, es importante saber que el comprador está obligado a retener un 3% del precio de compra y entregarlo a la Hacienda española. De esta forma el Gobierno asegura que el comprador pagará en su IRPF el impuesto correspondiente derivado de la venta de capital inmobiliario. Una vez que la cantidad exacta ha sido calculada, el vendedor recibirá un reembolso o se le exigirá un pago adicional para cubrir el pago total del impuesto.
Si el vendedor no retiene esta cantidad  del comprador debe saber que se convierte en responsable por el pago de este impuesto.
DECLARACION DEL PRECIO DE VENTA:
No hace mucho la evasión de impuestos era algo común en la sociedad española y las transacciones inmobiliarias un claro ejemplo de ello. El vendedor solía declarar un precio de venta mucho más bajo al precio de venta real para disminuir el impuesto pagar en su declaración de IRPF la venta de capital inmobiliario. Los compradores, que eran cómplices en estos acuerdos, se beneficiaban pagando menos impuestos en la compra del inmueble.
En los últimos 10 años esta situación ha cambiado y  el Gobierno español está al acecho especialmente en lo que se refiere a transacciones inmobiliarias. Si los tasadores estiman que se declara un precio de la propiedad muy bajo pueden imponer elevadas sanciones al vendedor.
Por estas razones devaluar a propósito el valor de una propiedad se ha convertido en una práctica del  pasado y desde aquí recomendamos a nuestros clientes que no se involucren en este tipo de actividades.
Los empleados  que trabajan en Inmolux Real Estate tienen experiencia en estos temas y conocen todas las normativas legales y fiscales actuales.
Desde aquí estamos a su disposición para ayudarle y ofrecerle nuestros servicios a la hora de poner su propiedad  a la venta a través de nuestra empresa. Si desea hablar con alguno de nuestros asesores o tiene alguna pregunta, por favor no dude ponerse en contacto con nosotros.

Nuestro equipo Inmolux Real Estate está a su disposición con gusto 
para ayudarle a responder cualquier duda:
info@inmo-lux.com 
952 770 782 
www.inmo-lux.com

lunes, 8 de abril de 2019

¿Qué nos dice una nota Simple del Registro de la Propiedad?


Ve al Registro de la Propiedad y asegúrate a quien compras, qué compras y como esta lo que compras. Para tu seguridad y tranquilidad futura. Antes de firmar cualquier documento de compraventa de una casa, está la nota simple del Registro de la Propiedad.

El 40% de las hipotecas ya son de tipo fijo

Continúa el auge de las hipotecas a tipo fijo, tanto clientes como entidades financieras consideran esta opción como la más estable.

En artículos anteriores hemos analizados que las hipotecas de tipo fijo continuaban tomando peso en 2018. Pues bien, así lo siguen confirmando los datos del INE (Instituto Nacional de la Estadística). Según esta fuente, la firma de hipotecas ha experimentado un aumento del 10,3% en 2018 con respecto al año anterior. En 2018, se concedieron un total de 345.186 préstamos para la compra de viviendas, siendo la cifra más alta desde 2011. Pero destaca que el 41,4% de los créditos otorgados en diciembre eran a tipo fijo, lo que consolida el auge de este tipo de hipotecas.
Uno de los principales motivos está relacionado con el Euríbor, que ha comenzado a repuntar tras casi tres años en tasas negativas. Los clientes consideran el tipo fijo como la opción más segura y estable. Además, sus temores coinciden con los intereses de las entidades financieras, que con los tipos fijos se garantizan ciertos márgenes de rentabilidad.
En el cómputo anual, aumentó también el importe medio de las hipotecas (un 5,6%), hasta los 123.727 euros, y el capital prestado (un 16,5%), hasta los 42.709 millones de euros.
Las Comunidades Autónomas que registraron un mayor número de hipotecas constituidas sobre viviendas en 2018 fueron Madrid (65.503), Andalucía (65.431) y Cataluña (57.477).

jueves, 4 de abril de 2019

NUEVA LEY HIPOTECARIA


Información que debe incluir la banca en su oferta y los contratos hipotecarios.

El pasado 15 de marzo, La nueva ley hipotecaria salió publicada en el BOE y empezará a aplicarse a mediados de junio.

miércoles, 3 de abril de 2019

Какие вопросы задать самому себе перед покупкой недвижимости в Испании?


Многие часто задумываются о возможности покупки недвижимости в Испании, но не очень представляют, с чего начать. А начать, наверное, надо все-таки с того, чтобы честно ответить самому себе на некоторые вопросы. То есть для начала определиться, чего же Вы на самом деле хотите, да и хотите ли вообще.

martes, 2 de abril de 2019

Home Staging: La vivienda como escaparate



Una de las técnicas de marketing más recurrentes del sector inmobiliario se denomina Home Staging. Esta práctica nació en Estados Unidos, Canadá y Australia en los años 70 y se difundió en el mercado inmobiliario británico a principios de los 90. Después se extendió a otros países europeos y en el año 2000 aparecieron las primeras empresas especializadas en el mercado inmobiliario de España.

lunes, 1 de abril de 2019

Как содержать виллу на Коста дель Соль




Безусловно, среди всех видов недвижимости Испании, самыми популярными у покупателей являются апартаменты (или квартиры) и виллы (или дома). В данной статье мы расскажем, что означает "содержать виллу" в Испании на побережье Коста дель Соль, и каковы расходы.

Guía paso a paso para una mudanza con mascotas

Las mudanzas resultan complicadas y muy estresantes para toda la familia, sean humanos, perros o gatos. Te presentamos una guía muy intere...