lunes, 8 de abril de 2019

¿Qué nos dice una nota Simple del Registro de la Propiedad?


Ve al Registro de la Propiedad y asegúrate a quien compras, qué compras y como esta lo que compras. Para tu seguridad y tranquilidad futura. Antes de firmar cualquier documento de compraventa de una casa, está la nota simple del Registro de la Propiedad.

Una nota simple informativa es una declaración escrita por parte del Registro de la Propiedad, que nos informa de tres cosas básicamente sobre la casa que vayamos a comprar:

1. Quienes son los titulares de una casa, quién o quiénes son sus propietarios. Si es una casa privativa o ganancial, como se compro (por herencia, por donación, por compra,..), el nombre del Notario que autorizó la escritura y la fecha de compra.

2. Su  descripción, identificando el tipo de de casa si es rústica o urbana, su extensión, la orientación, los lindes, los usos de esa casa y su número único de registro.

3. Si sobre la misma recae en el momento en el que se solicita la nota simple algún tipo de carga financiera (una hipoteca, un embargo, un usufructo, etc.). La casa en cuestión puede estar gravada con cargas o gravámenes reales, en forma de hipotecas y/o limitaciones al uso, como servidumbres o usufructos, e incluso pueden figurar inscritos, si la casa esta arrendada.

Por lo tanto, el Registro de la Propiedad es el órgano encargado de expedir las notas simples informativas sobre cualquier propiedad y de mantener actualizada la información sobre cada casa, junto  con su información antes citada.

¿Qué tipo de información se puede pedir en el Registro de la Propiedad?

Hay dos tipos de información: la nota simple y la certificación. Ambas deben contener, en general, la descripción de la finca, la titularidad y las cargas.

Pero, la nota simple sólo da información registral y tiene un valor meramente informativo y si se pide online no va firmada por el Registrador de la Propiedad, mientras que la certificación: es el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del Registro (dar fe) y va firmada por el Registrador.

Por tanto, yo aconsejo que antes de firmar ningún documento de compromiso (arras, etc…) sacar una nota simple, para saber que compro, a quien compro y como esta de cargas lo que compro.

Y, si he decidido comprar, como se hará en Notaría, que esta pida la certificación. Porque de cara a problemas posteriores a la firma ante notario, solo valdrá la certificación emitida y firmada por el Registrador en el juicio.

Si tiene alguna duda sobre comprar, vender o alquilar inmuebles, puede hacernos las consultas. Le responderemos a la mayor brevedad posible.

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