Ve
al Registro de la Propiedad y asegúrate a quien compras, qué
compras y como esta lo que compras. Para tu seguridad y tranquilidad
futura. Antes
de firmar cualquier documento de compraventa de una casa, está
la nota
simple del Registro de la Propiedad.
1. Quienes son los titulares de
una casa, quién o quiénes son sus propietarios.
Si es una casa privativa o ganancial, como se compro (por herencia,
por donación, por compra,..), el nombre del Notario que autorizó la
escritura y la fecha de compra.
2. Su descripción, identificando
el tipo de de casa, si
es rústica o urbana, su extensión, la orientación, los lindes, los
usos de esa casa y su número único de registro.
3. Si sobre la misma recae en el momento en el que se solicita la nota simple algún tipo de carga financiera (una hipoteca, un embargo, un usufructo, etc.). La casa en cuestión puede estar gravada con cargas o gravámenes reales, en forma de hipotecas y/o limitaciones al uso, como servidumbres o usufructos, e incluso pueden figurar inscritos, si la casa esta arrendada.
Por
lo tanto, el Registro
de la Propiedad es
el órgano
encargado de expedir las notas simples informativas sobre
cualquier propiedad y de mantener actualizada la información sobre
cada casa, junto con su información antes citada.
¿Qué
tipo de información se puede pedir en el Registro de la Propiedad?
Hay
dos tipos de información: la
nota simple y la certificación.
Ambas deben contener, en general, la descripción de la finca, la
titularidad y las cargas.
Pero,
la nota
simple sólo
da información registral y tiene un valor meramente informativo y si
se pide online no va firmada por el Registrador de la Propiedad,
mientras que la certificación:
es el único medio de acreditar fehacientemente el contenido del
Registro (dar fe) y va firmada por el Registrador.
Por
tanto, yo aconsejo que antes de firmar ningún documento de
compromiso (arras, etc…) sacar una nota
simple,
para saber que compro, a quien compro y como esta de cargas lo que
compro.
Y, si
he decidido comprar,
como se hará en Notaría, que esta pida la certificación. Porque
de cara a problemas posteriores a la firma ante notario, solo valdrá
la certificación emitida y firmada por el Registrador en el juicio.
Si
tiene alguna duda sobre comprar, vender o alquilar inmuebles, puede
hacernos las consultas.
Le
responderemos a la mayor brevedad posible.

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